Verificación de Subsistencia del Estado Parcelario - VeSEP




1 - ¿ Qué código de tasa corresponde?

Código 039. (Art. 13 Ley Impositiva ( Anexo Tasas Retributivas)

2 - ¿ Cómo cambio un error de carga de la plancha catastral?

Se enví­a un mail con la documentación probatoria a "vesep@mendoza.gov.ar"

3 - ¿ Se puede realizar un VeSEP de varias parcelas colindantes con el mismo titular?

No se puede, se tramita sólo una NC por VeSEP

4 - ¿ El certificado VeSEP lleva la firma del comitente?

Lleva sólo la firma del profesional. El agrimensor puede cargar la conformidad del propietario o comitente en el apartado de "carga de documentación" en un archivo PDF


5 - ¿ Cómo se carga la firma electrónica del profesional?

La firma electrónica es automática, quien valida la veracidad de la misma es ATM, en vinculación con el webservice del Colegio de Agrimensura que devuelve si el profesional esta habilitado y se encuentra en condiciones de tramitar un expediente.

6 - En caso de cometer un error ¿se puede corregir un VeSEP?

No se corrigen, se debe realizar un nuevo trámite de VeSEP

7 - ¿Pasados los 180 dí­as de vigencia del documento se puede revalidar?

No se puede extender el plazo, se debe realizar un VeSEP nuevo

8 - ¿ Se puede imprimir el documento para entregarlo al comitente?

Sí­, se puede imprimir en el tamańo que se desee, pero la validez del mismo a los efectos del negocio inmobiliario es solo en formato digital

9 - ¿Cuantas coordenadas se deben cargar?

Tantas como vértices tenga el polí­gono. En caso de polí­gonos con muchos vértices debe cargar por lo menos dos. Deben ser las mismas coordenadas que se cargaron en el DXF.

10 - ¿ Que tipo de coordenadas son?

Gauss Kruger - POSGAR 97 - Faja 2

11 - ¿ Si la parcela tiene riego debo adjuntar la certificación correspondiente?

Se adjunta la documentación que el profesional considere y se dibuja el croquis de riego en la parte gráfica

12 - En caso de encontrar que el polí­gono tiene una nueva afectación ¿puedo tramitarlo por VeSEP?

Sí­, se tramita por VeSEP (siempre que cumpla con los requisitos dispuestos en la resolución) y se dibuja la afectación en la parte gráfica

13 - Si cambian los colindantes respecto al plano anterior ¿puedo tramitarlo por VeSEP?

Sí­, dejando constancia de los colindantes en la parte gráfica

14 - ¿Se debe colocar la escala?

Sí­, se puede colocar la escala en la parte gráfica del plano o en el apartado de observaciones.

15 - ¿Que datos se cargan en el campo de "Observaciones"?

Todo aquellos datos que se colocan en el "cuadro de observaciones y notas" de una mensura actualizada.

16 - ¿Que formato debe ser el PDF exigido?
  • Debe contar con un formato que NO TENGA MARGENES (recuadro).
  • TODO lo escrito debe ser incorporado al espacio de OBSERVACIONES, no al PDF que se sube.
  • La gráfica del PDF debe ser ESCALADA y colocar la escala en el campo de "observaciones"
  • Los trazos deben ser en color OSCURO
  • Considerar los datos como si se pretendiera plotear el mismo

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