Gestión Oficio Judiciales

1 - ¿Cómo remitir un oficio judicial?

  • 1) Los oficios electrónicos provenientes de los Tribunales de la Provincia así como de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, deben ser ingresados por el profesional que lo diligencia a través de su usuario en la Oficina Virtual de ATM, ingresando al servicio "Mis trámites on-line", seleccionando tramite remoto - tramites varios - oficios judiciales.
  • 2) Los oficios electrónicos ordenados por los Juzgados Nacionales, Federales, de otras Provincias, Fuerzas de Seguridad (Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria) Ministerio Publico Fiscal de la Provincia de Mendoza y sus Unidades Fiscales, deben ser remitidos al correo electrónico de la Mesa de Entradas - Sede Central: atm-mesadeentradas@mendoza.gov.ar.
El Oficio se considera recepcionado cuando se informa el N° de pieza administrativa correspondiente al mismo.

La ATM no recibe oficios judiciales en soporte papel.

2 - ¿Cuál es el costo del trámite para registrar un oficio en la ATM?

El costo de la Tasa Retributiva de Servicios administrativos es el valor del código 009 fijado por Ley Impositiva del año en curso, con las excepciones previstas en el art. 312 del Código Fiscal.

3 - ¿Por qué el trámite administrativo es arancelado?

Así lo establece el art. 297 del Código Fiscal "Toda actuación administrativa deberá tributar la tasa que determine la Ley Impositiva". Las excepciones se encuentran contempladas en el art. 312 Codigo Fscal.

4 - ¿Cómo realizar el pago?

  • 1. En el portal de ATM, ir al botón "PAGA ONLINE"/"TASAS" o bien ingresar aquí. Luego cuando la pagina solicite el "número de CUIT" ingresar el correspondiente a la persona humana/jurídica que recibirá el servicio.
  • 2. En el caso de no poder realizar el pago online desde la página de ATM, puede abonarse en forma presencial en: Bolsa de Comercio, Banco Superville y Banco Nación.
  • En cualquier supuesto debe adjuntar el pdf del comprobante de pago, en el caso de pago presencial debe ser el ticket original debidamente intervenido por el profesional y digitalizado separado del oficio.

    5 - ¿Cómo completar el envío de un oficio a través de la OFICINA VIRTUAL, servicios "Mis tramites" y cómo saber que quedó registrado?

    Una vez que se completan todos los campos obligatorios, se adjunta el Oficio en formato PDF y el comprobante de pago de la Tasa Retributiva de Servicios Administrativo, aparecerá en el formulario el botón "ENVIAR". Al hacer clic debe "CONFIRMAR" y se genera automáticamente el trámite, informando el número de expediente y permitiendo descargar la caratula del mismo, como constancia de inicio del tramite. En la pestaña Mis tramites podrá realizar el seguimiento y avance del expediente iniciado.

    6 - ¿Como consultar sobre los Oficios remitidos por correo electrónico si no se recibe noticias sobre el trámite registrado?

    Se puede realizar la consulta a la casilla: despacho-atm@mendoza.gov.ar indicando en el asunto del correo electrónico el número de Expediente Electrónico, número de Oficio Judicial y caratula del proceso. No iniciar un nuevo expediente con el mismo oficio

    7 - ¿Cuáles son los requisitos formales que debe contener un oficio judicial?

    Los requisitos son:

    • - Estar dirigido a la: "Administración Tributaria Mendoza o sus Direcciones Generales de Rentas o Catastro".
    • - Transcripción del auto judicial que ordena la medida
    • - Firma del Juez/a o funcionario/a judicial autorizado/a o del abogado/a presentante con su respectiva aclaración y numero de matricula. (si la firma es digital, no unir el oficio con otros documentos ya que la firma se pierde y no se puede constatar la autenticidad) Si el oficio se encuentra firmado por el abogado recordar el alcance de las facultades del art. 34 inc.7 CPCCyT Ley 9001 que autoriza a los profesionales "exclusivamente" a solicitar informes, antecedentes y/o certificados sobre hechos concretos atinentes a las causas en que intervengan.
    • - Fecha visible.
    • - Acompañar constancia de pago de la Tasa Retributiva de Servicios Administrativos, con el valor vigente al día de la fecha en la cual el oficio es cargado en nuestra web o remitido por correo electrónico.
    • - Indicar el objeto del oficio.
    • - Dirección de correo electrónico del Juzgado donde se deben dirigir las notas de respuesta

    • Además de los requisitos mencionados anteriormente:

    • 1. En aquellos oficios que solicitan información o datos catastrales o planos de inmuebles ubicados en la provincia de Mendoza
    • - Deben contener la mayor cantidad de datos a fin de ubicar correctamente la parcela sobre la cual se solicita la información como son por ejemplo número de plano, dirección completa, número de padrón, número de nomenclatura catastral, etc. En caso de no poseer mayores datos indicar entre qué calles estaría ubicado o alguna referencia significativa de la zona.

    • 2. En aquellos oficios que involucren pedidos de informe en materia tributaria deben contener:
    • - Identificación del requerido con nombre, apellido y DNI o CUIT.
    • - Identificación precisa del objeto imponible del oficio. Rodado N° de Dominio, Inmueble: N° de padrón, nomenclatura catastral, domicilio o cualquier otro dato.
    • - En el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos identificación precisa de la persona humana y/o jurídica (nombre y apellido, razón social, CUIT) y/o cualquier otro dato que se posea.

    • 3. En aquellos oficios que notifican trabar embargo en haberes, retención de haberes, levantamiento de embargo, suspensión de descuento y/o solicitud de informes de un trabajador de ATM:
    • - Deben dirigirse al Administrador General de ATM.
    • - Firma del juez/a o funcionario/a judicial competente, debidamente identificada (no es suficiente la transcripción de la providencia y la firma del abogado/a actuante ya que las facultades contenidas en el art. 34 inc. 7 del CPCCyT Ley 9.001 no lo autoriza).
    • - Identificación del trabajador de ATM con nombre, apellido y DNI o CUIT.
    • - Precisar el monto o porcentaje de embargo o retención.
    • - Indicación precisa del nombre del Banco, CBU y N° de cuenta, para el caso en que corresponda transferir los fondos a una cuenta que determine el Juzgado oficiante.

    8 - Rechazo del tratamiento de oficios | ¿Cuáles son los motivos por los cuales se puede rechazar un pedido de informes o un descuento por embargo a un trabajador de ATM?

    • - La falta o deficiencia de los requisitos antes citados.
    • - Falta de competencia para responder lo solicitado.

    9 - ¿Cómo se remiten las respuestas a los Juzgados oficiantes?

    Serán remitidas en forma electrónica por los medios habilitados por el Poder Judicial de la Provincia de Mendoza: IURIX ONLINE o MEED En el caso del Ministerio Publico Fiscal, Juzgados Federales, Juzgados de otras provincias o Fuerzas de Seguridad serán remitidos a las direcciones electrónicas informadas por los mismos.

    ¿No encuentras lo que buscas? Contactanos